Nuevo procesamiento al exfiscal Roberto Mazzoni por crímenes de lesa humanidad
La resolución de la Cámara Federal de Resistencia, sobre la base de una denuncia del ex detenido político Hugo Barúa por tortura, revocó un sobreseimiento a Mazzoni dictaminado por el tribunal de primera instancia. Condenado en 2019, pero con beneficio de libertad condicional, el ex funcionario judicial volverá a prisión domiciliaria hasta que se realice el juicio oral.
Trascendió ayer que la Cámara Federal de Resistencia dictaminó el pasado viernes 18 de julio un nuevo procesamiento por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico militar contra el ex fiscal federal Roberto Mazzoni. De este modo fue revocado el sobreseimiento dictado por la jueza federal Zunilda Niremperger y por ello el ex funcionario judicial volverá a prisión domiciliaria hasta que se realice un nuevo juicio oral, por el delito de “imposición de tormentos síquico y físico agravado por la condición de detenido político” del militante de la Juventud Peronista Hugo Ramón Barúa.
La represión genocida está íntimamente ligada a la impunidad que facilitara el poder Judicial en el Chaco, que posibilitó el accionar del aparato represivo clandestino, cuyos crímenes fueron juzgados en las causas Masacre de Margarita Belén (I y II) , Caballero- Brigada (I, II y III), Ligas Agrarias y de complicidad civil.
Mazzoni en su carácter de secretario del Juzgado Federal de Resistencia integró el dispositivo de “blanqueo” desde el Poder Judicial de los crímenes del terrorismo de Estado en la región. Esto fue probado y juzgado en 2019, en el juicio oral en el que Mazzoni fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de apremios ilegales en concurso real entre sí en dos hechos y por la omisión de investigar denuncias en dos hechos en concurso real entre sí y en concurso ideal con el delito de violación de los deberes de funcionario público en dos hechos en concurso real.
Dado que fue absuelto en varias de las imputaciones por las que fue juzgado, Mazzoni fue condenado a once años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua. Esta errónea consideración no incide en la verdad histórica de las declaraciones brindadas por los sobrevivientes, con valentía y compromiso. Cada uno ellos fue víctima del dispositivo judicial- terrorista en el que Mazzoni integró una pieza clave, del mismo modo que padecieron la crueldad de Casco en su cautiverio en U7.
Pese a la baja en la cuantía de la pena, esa condena a Mazzoni tuvo una importancia histórica porque la provincia es la única del nordeste en la que se llevó a juicio a la cúpula del Juzgado Federal que durante la última dictadura dio la cubertura legal a los operativos de secuestro, tortura y eliminación de militantes. En ese sentido cabe remarcar que, si bien Mazzoni fue el único condenado, también fueron procesados por hechos similares el ex juez Luis Córdoba, y el secretario Carlos Flores Leyes, quienes sólo por haber fallecido eludieron una sentencia condenatoria.
Revocatoria a las absoluciones
En aquella oportunidad el tribunal interviniente consideró absolver a Mazzoni de los hechos denunciados por los ex detenidos políticos Aníbal Ponti, Eugenio Silva y Hugo Barúa. Justamente lo denunciado por Hugo Barúa fue reconsiderado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, el pasado 7 de abril, luego de una serie de apelaciones cursadas por la Fiscalía Federal. Los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo con voto en disidencia de la Jueza Ángela E. Ledesma , señalaron que “…no cabe soslayar que en la resolución aquí examinada se hizo hincapié en que el denunciante —Hugo Barúa— mantuvo su testimonio a lo largo de más de 40 años, brindando una relación circunstanciada y detallada del hecho denunciado, en el cual, situó a Roberto Domingo Mazzoni en el lugar de los sucesos investigados. El tribunal revisor efectuó una valoración parcializada y fragmentaria del testimonio brindado por Hugo Barúa, sin una razón suficiente…”
Por su parte la Cámara Federal de Resistencia con los votos de los jueces Roció Alcalá y Simón Getzel ,fundamentó el nuevo procesamiento con los siguientes argumentos : “ que dicha decisión de mérito incriminador no constituye más que un juicio de probabilidad acerca de los extremos de la imputación delictiva, bastando que los elementos afirmativos sean superiores a los negativos para orientar la acusación, encontrándose probado, con el grado de convicción propio de este estadio procesal, que el imputado intervino en la conducta prima facie reprochada, evitando de tal manera desgastes jurisdiccionales innecesarios..”. También tuvo en cuenta la Cámara lo resuelto por Casación en cuanto a la revocatoria de las absoluciones a Mazzoni en el Juicio Oral de 2019, remitiendo esas actuaciones para el dictado de una nueva sentencia por parte del Tribunal Oral de Resistencia ; analizando en ese plano los jueces , que :” sentencia dejada sin efecto y que constituyó la base medular del sobreseimiento dispuesto oportunamente por la Jueza..”
Nuevo juicio oral
Así las cosas, Mazzoni volverá a cumplir prisión domiciliaria, ya que se encontraba gozando de libertad condicional a raíz de haber cumplido ocho años de prisión, cinco años y medio en el pabellón de Lesa Humanidad de la Cárcel U7 y dos y medio en su domicilio, completando los dos tercios de la condena del Tribunal Oral de Resistencia a once años. Posteriormente el ex Fiscal Mazzoni deberá afrontar un juicio oral, tanto por el nuevo procesamiento como así también una nueva sentencia por los casos en que fueron revocadas las absoluciones de la sentencia del juicio por complicidad judicial del año 2019.
Cabe recordar que luego del citado fallo, el ex detenido Aníbal Ponti, señaló su disconformidad con la sentencia; “Es mi opinión como militante político, sobreviviente y testigo en juicios de lesa que la cuantía de la pena de tan sólo once años de prisión no tiene relación con la gravedad y el injusto de los delitos cometidos. Esta actitud de los jueces se relaciona con los retrocesos de los juicios de lesa durante el macrismo, como fue el intento de 2×1, rechazado por la movilización popular y otros ensayos para mitigar las condenas a los responsables del terrorismo de Estado” indicó. Es de esperar que en esta oportunidad la Justicia subsane ese error.
Fuente: Prensa Comisión Provincial por la Memoria Chaco